Leo en las noticias que
ayer, día 17 de Marzo de 2018, en un acto vandálico han destrozado cuatro
cruces de piedra, en la localidad de Penagos y que datan del siglo XVI, que fue
declarada Bien de Interés Local en 1991ya que, probablemente, se remonta a una
iglesia prerrománica del siglo XI bajo la advocación de San Jorge.
Ésta y muchas otras noticias
a lo largo del tiempo, nos deja ver un reguero de sangre "artística"
que nos encoge las tripas a los que nos gusta el arte y amamos a Cantabria.
Cantabria es una de las
regiones más ricas en patrimonio, que según la Ley 11/1998 se clasifica en Bien
de Interés Cultural, Bien Catalogado y Bien Inventariado.
No quiero aburrir al lector
con un listado interminable de leyes que protegen el Patrimonio, pero sólo voy
a facilitar un artículo de la Constitución Española de 1978, donde en el Título
I, Cap. 3º, Art. 46 nos dice: " Los
poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento
del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de
los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su
titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio."
y en el Libro II, Título XVI, Cap. II, Art. 321 del Código Penal dice: " Los que derriben o alteren
gravemente edificios singularmente protegidos por su interés histórico,
artístico, cultural o monumental serán castigados con las penas de prisión de
seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses y, en todo caso,
inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cinco años.
En
cualquier caso, los Jueces o Tribunales, motivadamente, podrán ordenar, a cargo
del autor del hecho, la reconstrucción o restauración de la obra, sin perjuicio
de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe."
Ya hemos visto que la
destrucción del patrimonio está tipificado penalmente y especialmente protegido
por nuestra Constitución y por Leyes Internacionales, pero ¿qué se hace al
respecto?.
Toda mi vida profesional la
he dedicado a la seguridad y mi vida intelectual al estudio de la historia y
del arte, y siempre me ha preocupado la facilidad e impunidad con que las
personas hacen un daño irreparable al patrimonio, a nuestra historia.
En el año 2017 la Guardia
Civil detenía a dos personas por usar detectores de metales al lado de ermitas,
casonas, etc. y se les incautó más de 600 monedas. La Ley de Patrimonio
Histórico de Cantabria 11/1998 prohíbe el uso de estos detectores bajo multas
de 30.000 a 150.000 euros esas prácticas que no estén autorizadas.
E incluso, en el norte de
Burgos hay una banda que se dedica a robar campanas en las iglesias y ermitas
de los pueblos, con un balance, de momento, de 55 campanas que se venden a
fundiciones para cobrar por el cobre y el bronce de las mismas.
Como hemos visto, el robo y
el vandalismo del patrimonio campa a sus anchas en esta sociedad que no es
capaz de poner coto a estos desmanes. He hablado con diversas personas sobre
este problema y casi todas me dicen la misma pregunta ¿cómo poner puertas al
campo?.
No es una solución fácil,
pero no imposible. Sólo hace falta un ápice de sentimiento de que lo que están
robando es tuyo y de tus hijos y, por supuesto, querer hacerlo y dotarlo de un
presupuesto.
Actualmente, las últimas
tecnologías en seguridad, nos facilitan las soluciones en esta materia, pero
hay una máxima en seguridad." La seguridad total no existe", pero
podemos acercarnos bastante a ella combinando las nuevas tecnologías con el
capital humano y aplicando la teoría de que la mejor seguridad es la prevención
del delito. Sólo hace falta tener voluntad de hacerlo.
Baldomero
Presmanes Quintana
Director
de Seguridad Nº 1227
Graduado
en Hª del Arte UNED
Vicepresidente
1º de FORTIUM S.C.
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