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lunes, 19 de marzo de 2018

La seguridad del patrimonio cántabro


Leo en las noticias que ayer, día 17 de Marzo de 2018, en un acto vandálico han destrozado cuatro cruces de piedra, en la localidad de Penagos y que datan del siglo XVI, que fue declarada Bien de Interés Local en 1991ya que, probablemente, se remonta a una iglesia prerrománica del siglo XI bajo la advocación de San Jorge.

Ésta y muchas otras noticias a lo largo del tiempo, nos deja ver un reguero de sangre "artística" que nos encoge las tripas a los que nos gusta el arte y amamos a Cantabria.
Cantabria es una de las regiones más ricas en patrimonio, que según la Ley 11/1998 se clasifica en Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado y Bien Inventariado.

No quiero aburrir al lector con un listado interminable de leyes que protegen el Patrimonio, pero sólo voy a facilitar un artículo de la Constitución Española de 1978, donde en el Título I, Cap. 3º, Art. 46 nos dice: " Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio." y en el Libro II, Título XVI, Cap. II, Art. 321 del Código Penal dice: " Los que derriben o alteren gravemente edificios singularmente protegidos por su interés histórico, artístico, cultural o monumental serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cinco años.

En cualquier caso, los Jueces o Tribunales, motivadamente, podrán ordenar, a cargo del autor del hecho, la reconstrucción o restauración de la obra, sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe."

Ya hemos visto que la destrucción del patrimonio está tipificado penalmente y especialmente protegido por nuestra Constitución y por Leyes Internacionales, pero ¿qué se hace al respecto?.

Toda mi vida profesional la he dedicado a la seguridad y mi vida intelectual al estudio de la historia y del arte, y siempre me ha preocupado la facilidad e impunidad con que las personas hacen un daño irreparable al patrimonio, a nuestra historia.

En el año 2017 la Guardia Civil detenía a dos personas por usar detectores de metales al lado de ermitas, casonas, etc. y se les incautó más de 600 monedas. La Ley de Patrimonio Histórico de Cantabria 11/1998 prohíbe el uso de estos detectores bajo multas de 30.000 a 150.000 euros esas prácticas que no estén autorizadas.

E incluso, en el norte de Burgos hay una banda que se dedica a robar campanas en las iglesias y ermitas de los pueblos, con un balance, de momento, de 55 campanas que se venden a fundiciones para cobrar por el cobre y el bronce de las mismas.

Como hemos visto, el robo y el vandalismo del patrimonio campa a sus anchas en esta sociedad que no es capaz de poner coto a estos desmanes. He hablado con diversas personas sobre este problema y casi todas me dicen la misma pregunta ¿cómo poner puertas al campo?.

No es una solución fácil, pero no imposible. Sólo hace falta un ápice de sentimiento de que lo que están robando es tuyo y de tus hijos y, por supuesto, querer hacerlo y dotarlo de un presupuesto.

Actualmente, las últimas tecnologías en seguridad, nos facilitan las soluciones en esta materia, pero hay una máxima en seguridad." La seguridad total no existe", pero podemos acercarnos bastante a ella combinando las nuevas tecnologías con el capital humano y aplicando la teoría de que la mejor seguridad es la prevención del delito. Sólo hace falta tener voluntad de hacerlo.

Baldomero Presmanes Quintana
Director de Seguridad Nº 1227 
Graduado en Hª del Arte UNED
Vicepresidente 1º de FORTIUM S.C.

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